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Comienza la contratación de los seguros de otoño para los cultivos de almendro, olivar y herbáceos

30 septiembre 2025

Desde el 1 de septiembre se pueden contratar los seguros de frutos secos (almendro y avellano), olivar, y herbáceos extensivos en sus módulos más completos para la cosecha 2026 (Plan de seguros 2025). Se caracterizan porque tienen los rendimientos asignados (por lo que no son de libre fijación por el asegurado) y se contratan con fechas de final de suscripción diferentes dependiendo de la línea y del cultivo. Destacamos las novedades más significativas:

Frutos secos (línea 310)

En almendro, se ha actualizado el procedimiento del cálculo del rendimiento individualizado, se ha incluido la variedad en el identificador de la parcela y se sustituye la media aritmética por la olímpica. Se han incorporado datos de las cosechas 2023 y 2024 para el nivel de riesgo y el garantizado, y también se han incrementado los rendimientos zonales (en la Comunitat, en 12 comarcas). Aunque en el nogal y en el pistacho el periodo de contratación del seguro es del 1 de marzo al 15 de junio de 2026 destacamos que en el nogal se han incluido dos finales de garantías elegibles por parcela entre el 30 de septiembre y el 15 de noviembre para todo el ámbito de aplicación. Y en pistacho se ha incluido la cobertura de los daños en calidad para el pedrisco y se han incrementado los precios de aseguramiento (€/kg).

Olivar (línea 314)

La base de datos de rendimientos, coberturas y niveles de riesgo es prórroga, por lo que se aplica la de 2024. El plazo de solicitud de rendimientos para las altas de asegurados que no estén en la base de datos se ha establecido entre el 1 y el 30 de septiembre. También para las altas, el rendimiento se podrá asignar, en algunos casos, sin necesidad de realizar visita a la explotación, por ejemplo, cuando la superficie de la explotación sea menor de 3 ha.

Herbáceos extensivos (línea 309)

Se ha revisado la base de datos de niveles de riesgo (NR) y coeficientes de rendimientos (CR), diferenciándose un CR para cada grupo de cultivos (cereales de invierno, girasol-cártamo, colza-camelina y leguminosas). También se ha modificado el cálculo de las tasas del resto de adversidades climáticas. Además, se deberá indicar obligatoriamente al contratar el sistema de producción: ecológico o tradicional. En el seguro complementario se facilita el alta de parcelas de cultivos con diferentes finales de suscripción, siendo la entrada en vigor de estas parcelas la de la modificación. Los productores que renueven el seguro en los módulos 1 ó 2 antes del 30 de septiembre (colza y camelina) o 15 de noviembre (cereales de invierno, leguminosas y oleaginosas), fechas para la Comunitat Valenciana, obtendrán una bonificación del 5%.

Las subvenciones que corresponden son las del Plan 2025, que presentaron las siguientes modificaciones:

  • El límite de subvención (Enesa+Conselleria) se aplica sobre la prima comercial base neta, sin tener en cuenta los recargos.
  • Las pólizas contratadas por agricultores profesionales, titulares de explotaciones prioritarias o jóvenes agricultores tendrán una subvención mínima del 50% en el módulo 2 A.
  • Nueva modulación por tramos. Quedan excluidas de esta modulación las pólizas cuya explotación esté ubicada íntegramente en Canarias, agricultores profesionales y titulares de explotaciones prioritarias, además de jóvenes agricultores y entidades asociativas.

Desde ENGRUPO, insistimos de nuevo a todas las cooperativas y sus socios titulares de explotaciones agrarias, la necesidad de contar con un seguro como instrumento imprescindible para la gestión de los riesgos climáticos, cada vez más presentes y con un mayor impacto.

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